miércoles, 26 de octubre de 2011

COMENTARIO

COMENTARIO DE LA PELÍCULA “MUNDO ALAS”.
Definitivamente no existen personas discapacitadas físicamente sino de cognición ya que al no atreverse a luchar por tratar de que se cumplan los sueños, un ser humano “normal” no lo intenta siquiera, ya que busca el conformismo o la ley del menor esfuerzo, por lo que con esta película he cambiado aún más mi manera de pensar, dejándome claro que para nada hay impedimentos en la vida mucho menos en las cosas que podamos hacer, solo está en intentarlo, en creernos capaces de que lo podemos lograr, sin quejarnos de nada, ni por nada ya que solamente con la perseverancia se pueden conseguir muchas cosas y en especial de que se puedan cumplir nuestros sueños, metas,etc, es decir todo lo que en la vida nos proponemos alcanzar, siendo personas luchadoras, optimistas y tratando siempre de buscar el cambio ya sea desde uno mismo para luego poder compartir con los demás.
La película tiene varios mensajes por lo que puedo decir los siguientes:
v  “Cual quiera puede pensar pero pocos pueden actuar”.

v  “Confía en ti mismo que el resto viene por añadidura”.

v  “No es necesario pedir es necesario dar gracias por lo que tenemos”.

v  “Con fe, voluntad y esfuerzo no solamente podrás volar sino también caminar por la vida”.

Ya que solamente con intentarlo se puede ver, mucho más allá de nuestros límites.

miércoles, 19 de octubre de 2011

INVESTIGACIÓN.

EL PARADIGMA DE LA MINORÍA DE EDAD Y DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL, COMO SE CONCEBÍA EN LA HISTORIA ANTIGUA Y MEDIEVAL A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
"¡Es tan cómodo ser menor de edad!"
Por Ignacio Maciel

Nos detendremos unos momentos en el texto de Kant “¿Qué es la Ilustración?”. Texto de importancia capital no sólo para intentar un análisis de orden filosófico sino también para hacer una interrogación que afecta lo político, tanto en lo institucional como en lo individual. Esta interrogación se hace necesaria en tanto Kant comienza a responder la pregunta lanzada por la Revista mensual de Berlín con una breve pero cabal definición de la minoría de edad. Pregunta: ¿qué es la Ilustración? Respuesta: la salida del hombre de su autoculpable minoría de edad. Pero ¿qué significa ser menor de edad? La minoría o mayoría de edad no tiene absolutamente nada que ver ni con un desarrollo psicofísico (como lo quieren las ciencias positivas, en especial la medicina) ni con una figura jurídica (figura que necesariamente debe apoyarse en las definiciones que aporta la ciencia) ni con una dependencia onanista (como le gusta al psicoanálisis). Ser menor de edad, en Kant, significa no poder servirse del propio entendimiento; ser esclavo de la religión, de la medicina, incluso de los libros. La minoría de edad está dada por la existencia de tutores, esos vigilantes de nuestra moral, nuestra dieta y nuestro entendimiento. ¿Qué significa esa estupidez que hace de la mayoría de edad un punto fijo en la temporalidad vital? Ser menor de edad es estar sumido sin atenuantes a la comodidad más abyecta; no es, ni de lejos, tener siete, diez o quince años. Es cómodo que otros decidan por mí: entre otras cosas, me ahorra de la agotadora tarea obrar éticamente, de preguntarme ante cada acontecimiento sobre el devenir de mi accionar. La comodidad no es compatible con la crítica, signo indiscutible de la Ilustración. “¡Es tan cómodo ser menor de edad!”. Ahora bien, esa comodidad es un efecto propiciado por la sumatoria de cobardía y pereza. Ser mayor de edad implica dejar los aposentos y salir al ruedo.

Estas respuestas de Kant nos sirven para pensar las representaciones que, casi 250 años después, nosotros tenemos de la minoría de edad, nos sirven también para pensar el fenómeno escolar como fenómeno que afecta a menores de edad. El problema estriba en creer que la escuela alberga en su seno a “naturales” menores de edad. Antes bien, la escuela produce menores de edad, subjetiva menores de edad; la escuela recibe individuos y devuelve menores de edad. Cuando decimos escuela estamos pensando también en la universidad, institución paradigma de la minoría de edad. Desde ya que hay profesores que alientan una ascética de la movilidad y promueven una salida de la comodidad, pero no es este el objetivo de la institución en cuanto tal. Se equivocan aquellos que creen que uno se inserta en la institución escolar para aprender; uno va a la escuela a hacerse sumiso y temeroso del todo. La escuela no enseña a pensar, enseña a obedecer. Y esto lo consigue mediante un complejo entramado de disposiciones disciplinarias, inscriptas en una determinada relación de poder, que dan como resultado un sujeto cobarde y perezoso: el ciudadano.

La escuela puede representar (es decir, subjetivar) menores de edad porque su aparato discursivo selecciona estratégicamente sus asientos teóricos y prácticos. Representa no de una manera anárquica y casual, sino de una manera racionalmente ordenada. Dice Sandra Carli en su texto El problema de la representación. Balances y dilemas: “(…) diríamos que la representación del niño remite a una relación asimétrica, en la cual (…) el representante adulto se ubica en una posición no simétrica, no horizontal, no de paridad respecto del niño. Si bien esta relación de representación entre otros actores sociales, en este caso la diferencia radica en el status civil, en la mayoría de edad del adulto y en la minoría de edad del niño”. Esta disimetría puede darse solamente por el carácter racional de las estrategias discursivas que conforman a la escuela moderna. La escuela es hija directa del positivismo y de la idea de progreso: como todo progresa naturalmente, la minoría de edad puede delimitarse etariamente. ¿Pero qué pasaría si los cánones para definir la minoría y la mayoría de edad no fuesen los de la ciencia y fuesen los de Kant? La autoridad estaría sometida a la contingencia y la previsibilidad necesaria a todo proyecto político se caería por un barranco. Si la escuela tomase a Kant como bandera, podría suceder que un alumno obtenga la mayoría de edad muchísimo antes que su docente, y la autoridad “inmanente” a todo proceso de aprendizaje se disolvería. Es por esto que llegamos a la siguiente conclusión: la escuela es una institución moderna hasta la médula, pero de ningún modo puede considerarse tributaria de la Ilustración como proyecto ético-político. La escuela nos prepara para todo, menos para ponernos cara a cara con la peligrosidad íntima que nos constituye. “¡Muévete!”, tal es la divisa de la Ilustración. “¡Reposa tu comodidad y tu miedo!”, tal el edicto que la escuela moderna (demasiado moderna) profiere.

Kant, Emmanuel. “¿Qué es la Ilustración?”, página 33, Caronte Filosofía, 2004.

Doctrina de la Protección Integral.-
La doctrina de la protección integral significó un nuevo paradigma en el tratamiento de los derechos humanos del niño, entiéndase por niño a toda persona menor de 18 años, tal y como propugna la Convención sobre los Derechos del Niño, esta doctrina surgió para superar a su antecesora, la doctrina de la situación irregular, que había influido en todos los códigos de menores durante casi todo el siglo XX.

A nivel internacional, la doctrina de la protección integral es uno de los más grandes aportes que brindó a la humanidad la Convención sobre los Derechos del Niño, celebrada por el Asamblea de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. En palabras de Daniel O’ Donnell, la Convención atribuye una gran importancia al principio de la unidad familiar y a la responsabilidad conjunta de la familia y el Estado en la protección de los derechos del niño, al tiempo que realiza un significativo aporte a la legislación sobre derechos humanos al definir el contenido de los derechos de la familia, describiendo con gran detalle la red de derechos y deberes que interrelacionan al niño, la familia y el Estado.

En materia de los derechos del niño, la Convención Internacional resulta convirtiéndose en el convenio internacional más trascendental.

En principio, está significó una reafirmación, una consagración y porque no decirlo, una vigorización de los derechos humanos del niño, en efecto, se reconoce a los infantes todos los derechos humanos reconocidos para las personas adultas, con un añadido especial importante y que atiende a la naturaleza misma de la niñez, el reconocimiento de derechos propios que responden a la especial condición de la persona que no ha alcanzado la plenitud de su desarrollo físico y mental.

La doctrina de la protección integral se centra por tanto en dos claras posiciones, por un lado reconoce que el niño por su condición de ser humano en desarrollo requiere que se le reconozca una protección especial atendible a su intrínseca naturaleza de debilidad, de vulnerabilidad; y por otro lado, se le brinda la calidad de sujeto de derechos y deberes.

Para Daniel O’ Donnell, la doctrina de la protección integral se construye sobre tres bases fundamentales: “el niño como sujeto de derechos, el derecho a la protección especial, y el derecho a condiciones de vida que permitan su desarrollo integral”.

Queda claro entonces que la Convención plasma la doctrina de la protección integral como el nuevo arquetipo, que debe ser recogido, respetado y regulado por las legislaciones internas de los Estados firmantes; la doctrina de la protección integral reseña como su intrínseca esencia el hecho que el niño, sin importar su edad, su sexo, su condición social, etc; es decir toda aquella persona que tenga menos de 18 años de edad, debe ser considerado como sujeto de derechos; el niño a partir de ese momento es capaz de ejercer por sí mismo derechos fundamentales y al mismo tiempo, asume también deberes. Otro de los cambios propugnados, fue la eliminación del término ‘menor’ al que hacía referencia la doctrina de la situación irregular, por el término ‘niño’.

Concluyendo esta parte, el niño dejo de ser objeto del binomio compasión-represión y objeto de tutela por parte del estado propugnado por la doctrina de la situación irregular, para convertirse en sujeto pleno de derechos.

Se estableció con acierto un tratamiento jurídico disímil entre las categorías de niño infractor de la ley penal y niños en estado de abandono y en situación de riesgo, a los cuales la doctrina de la situación irregular les brindó exactamente el mismo tratamiento. Asimismo y en forma claramente evolutiva, se estableció un grado de responsabilidad para el niño que infrinja la ley penal atendiendo al grupo etareo al que pertenezca, es decir atendiendo su especial naturaleza en base a su edad, a su comprensión del hecho delictuoso, a su grado de madurez, etc.

Igualmente se estableció que la privación de la libertad ambulatoria ante una infracción de la ley penal, debía ser en realidad la medida de última ratio, la excepción, nunca la regla, procurando que en caso de que no quede más alternativa que la privación de la libertad, el plazo de la condena sea el más exiguo posible.

Asimismo, la Convención fortaleció y consagró al ‘Interés Superior del Niño’, como principio rector que sirve como garantía de aseguramiento respecto de los derechos sustantivos del niño, así ante el conflicto, ante la interpretación y ante cualquier decisión donde estén involucrados derechos de niños, sea ante una entidad pública, privada, administrativa o judicial, debe primar y guardarse preferencia por el interés del menor.

En Latinoamérica la doctrina de la protección integral se diseminó durante la década de los noventa, uno de los primeros cuerpos legislativos que la adoptó fue El Estatuto da Crianca y do Adolescente, de Brasil en 1990, que dispone en su artículo 3: “El niño y el adolescente gozan de todos los derechos fundamentales inherentes a la persona humana, sin perjuicio de la protección integral de que trata esta Ley, asegurándoles, por ley o por otros medios, todas las oportunidades y facilidades, con el fin de facultarles el desarrollo físico, mental, moral, espiritual y social, en condiciones de libertad y dignidad”.

Al Estatuto brasileño le siguieron los códigos sobre la niñez de Bolivia y Ecuador de 1992 y el Código del Niño y del Adolescente de Perú de 1993, el código de República Dominicana y Del Salvador de 1994, el de Venezuela de 1998, el de Paraguay del año 2003, etc. Todas estas legislaciones se sustentaron en la doctrina de la protección integral.

Art. 346, Código de Familia Del Salvador, Protección Integral: “La protección del menor deberá ser integral en todos los períodos evolutivos de su vida, inclusive el prenatal y en los aspectos físico, biológico, psicológico, moral, social y jurídico.

El afecto, la seguridad emocional, la formación moral y espiritual, los cuidados que el desarrollo evolutivo del menor demanden, el ambiente adecuado y la recreación, son aspectos esenciales de la protección integral
”.

Art. II del Titulo Preliminar del Código de los niños y adolescentes peruano: “El niño y el adolescente son sujetos de derechos, libertades y de protección específica. Deben cumplir las obligaciones consagradas en esta norma”.

Terminando esta parte, era importante hacer un repaso de las bondades brindadas por la doctrina de la protección integral, para lo cual nos hemos permitido nuevamente citar a Daniel O’ Donnell, este jurista decía con claridad que el concepto de protección integral implica un rechazo del concepto tutelar de protección, en el cual la principal medida de protección era la separación del niño de su entorno familiar, por considerar a los padres como amenaza para el bienestar del niño. Es el rechazo de un sistema de protección desprovisto de garantías, porque éstas se consideraban innecesarias y hasta inconvenientes, puesto que se entendía todo lo que se hacía, era para el bien del niño. Un sistema que, en vez de ayudar al niño a recuperar su autoestima y desarrollar un proyecto de vida, les privaba de libertad y vulneraba su dignidad, preparándoles para una vida de marginalización y violencia. El concepto de corresponsabilidad, en vez de culpar a las familias que no podían ofrecerles a sus hijos condiciones dignas de vida, reconoce su derecho a programas y políticas sociales que les permita cumplir con sus deberes hacia sus hijos.

2.1.- Principales características de la Doctrina de la Protección Integral.-

a.- Contempla y reconoce a todos los niños como sujetos de derechos, sin hacer distinción alguna. Se les reconoce los derechos humanos de todo ciudadano, en la idea de que son atributos propios de su intrínseca condición humana. Además de reconocérseles todos los derechos de los adultos, se les reconoce derechos especiales, por su condición de vulnerabilidad al ser sujetos en desarrollo.

b.- Se cambia la acepción menores, por el término ‘niño’, Alex Plácido decía que esto no simplemente responde a una opción terminológica, sino a una concepción distinta, el cambio de un ser desprovisto de derechos y facultades de decisión, por un ser humano, sujeto de derechos.

c.- Aquí el Juez únicamente interviene cuando existan conflictos jurídicos o vulneración de la ley penal, existe acusación, derecho a la defensa y derecho a un debido proceso con todas las garantías legales, su actuación está limitada al interés superior del niño, únicamente puede privar al niño de su libertad ambulatoria como última ratio, como excepción, cuando se haya infringido en forma reiterada y grave la ley penal y por el término más breve posible. El Juez sólo se avoca a conocer problemas de orden jurídico. El Juez está obligado a escuchar al niño y tener en cuenta su opinión, atendiendo su particular condición etarea.

d.- Mediante políticas públicas y de protección especial, el Estado se convierte en promotor del bienestar del niño.

e.- Por motivos de pobreza, jamás se podrá separar al niño de sus padres, por lo mismo el Estado asume un deber solidario, fomentando programas de salud, vivienda y educación para la gente de escasos recursos económicos.

2.2.- El Principio del Interés Superior del Niño.-

Artículo 3 inciso 1 de la Convención internacional sobre los derechos del niño: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se entenderá será el interés superior del niño”.

Art. IX del Titulo Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes peruano: “En toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos”.

Son múltiples las interpretaciones que se ha brindado a este principio, algunos autores piensan que la Convención no debió recoger este principio, porque al ser un principio directriz, abriría las puertas para una desmesurada discrecionalidad de la autoridad obligada a aplicarlo, lo cual podría traer consigo arbitrariedades.

Consideramos dicho razonamiento incorrecto. Hagamos algo de historia, en un principio hablar de derechos del niño era una paradoja, únicamente se reconocían los derechos del pater familia, de los padres; los niños no tenían protección social, ni jurídica, tan cierto es esto, que la pequeña Mary Ellen, tuvo que ser protegida de los abusos de sus progenitores por la sociedad protectora de animales. La preocupación por los menores, dio paso a la segunda etapa, donde ubicamos a doctrinas como la situación irregular, sin que la misma significará una afirmación de los derechos del niño, sino más bien una exclusiva potestad tutelar del estado, donde tal cual padre, podía ejercer directamente la tutela del niño e impartirle reglas de reeducación cuando la situación lo ameritaba, sin embargo, debemos reconocer que en esta segunda etapa el interés por los derechos del niño dejó el ámbito privado, convirtiéndose en público. La tercera y más importante etapa se da mediante la evolución de los instrumentos internacionales que trataron los derechos del niño, siendo el pico más alto de la misma, la Convención internacional de 1989, pues los intereses de los niños se transforman en auténticos derechos, el Interés Superior del Niño surge en toda su dimensión como un principio rector y de observancia obligatoria que garantice el cumplimiento y la realización de dichos derechos, protegiendo al menor de la actuación de sus padres y de la sociedad misma; este principio se convierte en una auténtica garantía que ha ido de la mano conjuntamente con la evolución de los derechos del niño, he allí que radica su primordial y esencial importancia.

Miguel Cillero Bruñol decía refiriéndose a los principios, que la teoría supone que ellos se imponen a las autoridades, esto significa que son obligatorios especialmente para las autoridades públicas. En consecuencia nada más lejano de lo que aquí llamamos principio del interés superior del niño, para inspirar las decisiones de las autoridades. En concordancia con las ideas de este jurista, entendemos que la Convención recogió este principio no para abrir las puertas a una desmesurada discrecionalidad por parte de la autoridad, sino todo lo contrario, el fin de este principio, es justamente limitar la discrecionalidad de la autoridad, en consecuencia, el interés superior del niño constituye un principio que obliga a las autoridades públicas y privadas y a los particulares a estimarlo como una consideración especial para el ejercicio de sus atribuciones.

Concluyendo esta parte, debemos recalcar que el interés superior del niño descansa sobre dos bases sólidas, por un lado es una garantía del cumplimiento y consecución de los derechos del niño y por otro lado, es un principio y como tal, es obligatorio para toda clase de autoridad, constituyéndose en una auténtica limitación al poder de discrecionalidad de la misma.

Principales fuentes consultadas:

Aportes/ Ley de protección integral de la niñez, la adolescencia y la familia/Principios Rectores. Página de Internet:
http://www.jursoc.unlp.edu.ar/externos/sitioidn1/r1aportesrectores.htm

CILLERO BRUÑOL, Miguel. El Interés Superior del Niño en el Marco de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Dos Visiones opuestas. Fuente UNICEF Argentina. Página de Internet:
http://www.periodismosocial.net/area_infancia_informes_recuadros.cfm?ar=33&cid=157&rid=2267

GONZALES DEL SOLAR, José. Protección integral: un debate que se prolonga. Página de Internet:
http://derechominoridad.blogspot.com/2006/01/proteccin-integral-un-debate-que-se_18.html

La convención de los Derechos del Niño en República Dominicana. Página de Internet: http://www.unicef.org/republicadominicana/politics_10193.htm

BREVE APROXIMACIÓN HISTÓRICA. DEL NIÑO COMO ADULTO EN PEQUEÑO AL NIÑO COMO SUJETO DE DERECHOS.

1.1. Los primeros pasos:

Desde una perspectiva histórica[i], puede afirmarse que el estudio global del desarrollo humano de manera sistemática es relativamente reciente. En la época clásica y durante la edad Media apenas existió interés por la infancia, siendo los niños y los adolescentes  considerados y tratados como objetos poco valiosos. Hasta después del Renacimiento no surgen escritos sobre las características y educación de los niños desde el campo de la filosofía y la educación (Rousseau, Pestalozzi, Broëbel, Montessori, Claparède...)[ii].
Los primeros estudios sistemáticos de los niños datan del siglo XIX, y van ligados a las llamadas “biografías de los bebés”. Campe (1746-1818), ligado al movimiento filantrópico alemán, propone en su enciclopedia “Revisión del sistema escolar y de educación”, que se lleven a cabo diarios sobre el desarrollo físico y mental de los niños. El primer diario publicado del que se tiene constancia es el del filósofo alemán D. Tiedemann (1748-1803).
Durante el siglo XIX aparecen nuevas publicaciones, habiendo una gran eclosión a partir de 1870. El resorte fue la publicación de un artículo del filósofo francés H. Taine en 1876 titulado “La adquisición del lenguaje en el niño y la especie humana”, el cual provocó que Darwin publicase su “Esbozo biográfico de un bebé” en el que recogía observaciones de uno de sus hijos. Es estos libros se observa ya la intención por separar lo aprendido de lo heredado y se entiende que el desarrollo supone la complejización de conductas. Las observaciones del médico Itard en 1801 sobre un niño salvaje de la región francesa de l’Aveiron suscitaron grandes controversias entre biologicistas y culturalistas. Además de la “observación” como método de investigación, en los inicios de la psicología del desarrollo, se usaron en menor medida la experimentación y los cuestionarios. Adolf Kussmaul, médico alemán en su obra Investigaciones de la vida mental del niño recién nacido (1859) publica sus experimentos para comprobar las capacidades sensoriales de los bebés.
Fue Stanley Hall quien realmente generalizó el empleo de los cuestionarios para estudiar las mentes infantiles.  El astrónomo belga Quetelet en su obra Sobre el hombre y el desarrollo de sus facultades, o ensayo de la física social (1835) fue el primero en usar procedimientos estadísticos para obtener datos normativos sobre las personas.

















NOTAS

[i] PÉREZ, M. (1995). Nuevas perspectivas en Psicología del desarrollo. Madrid: Alianza, p. 20-30.
[ii] DELVAL, J. (1988). “Sobre la historia del desarrollo del niño”. Infancia y aprendizaje, nº 44, p. 59-108.

martes, 18 de octubre de 2011

GENERACIÓN DEL 68, EN PARÍS.

Mayo de 1968 en Francia
Revolución de 1968, o simplemente el 68, es un término de gran éxito mediático, pero de difícil precisión historiográfica, incluso de debatida calificación como revolución. A veces se habla de ella como de un ciclo revolucionario (como el de la revolución de 1848 o la revolución de 1989), por la coincidencia temporal en el año 1968 del Mayo francés -que se suele considerar el epicentro del movimiento- con hechos y procesos similares.
Movimientos ligados a la revolución de 1968 pueden localizarse, entre otros países en Estados Unidos (protestas contra la Guerra de Vietnam, especialmente las que tuvieron lugar durante la Convención Nacional Demócrata de 1968, el Movimiento por los derechos civiles -de más amplio recorrido, pero que significativamente sufrió ese mismo año el asesinato de dos líderes significativos: Martin Luther King y Robert Kennedy-, el Festival de Woodstock -1969- y otros hechos y procesos relacionados), Checoslovaquia (Primavera de Praga, con su propuesta de socialismo de rostro humano quizá el desencadenante o precipitante del movimiento parisino, mientras que su represión por los soviéticos significó una honda decepción en gran parte de la opinión progresista occidental), México (matanza de la plaza de Tlatelolco, coincidente con la celebración de los Juegos Olímpicos de México 1968) y España (algunos movimientos universitarios de oposición al franquismo, de mucha menor entidad). Otros países europeos sufrieron notables sacudidas un poco más tarde (el otoño caliente de 1969 en Italia, o las movilizaciones laborales de 1972-1973 en Gran Bretaña ). La similitud de la Revolución Cultural china es menos evidente (estuvo dirigida desde el poder por el propio Mao, que dirigió una gigantesca movilización juvenil -Libro Rojo- contra sus enemigos dentro del aparato del Partido Comunista Chino) aunque sí se percibía como tal entre los grupos occidentales que pretendían inspirarse en ella.

El 68 como movimiento social, cultural y político:

Tales movimientos del 68 compartieron de un modo muy impreciso la misma dimensión cultural o política, con gran presencia estudiantil, de naturaleza asamblearia (más o menos manipulada o espontánea), pero siempre desbordando los cauces de participación ciudadana convencional, sindicales o políticos. Era muy habitual que se materializaran en ocupaciones de facultades y fábricas, o en protestas callejeras que, independientemente de su carácter inicial (sentadas, manifestaciones), solían derivar en alteraciones más graves, con destrozos, levantamiento de barricadas y enfrentamientos con la policía. Sus reivindicaciones eran habitualmente poco evidentes: aunque se iniciaban por problemas concretos, se terminaban haciendo genéricas, demandando la solidaridad y conexión con otros grupos, transformaciones altruistas y universales o vagas propuestas de autogestión. Su protagonismo estaba muy disperso entre grupos atomizados de confusa identificación: distintos movimientos sociales (pacifistas, feministas, homosexuales, primitivos ecologistas, etc.), distintos movimientos culturales (beatnik, hippie, happening, fluxus, pop-art, videoarte, land art, psicodelia, etc.) y distintos movimientos políticos caracterizados por su distanciamiento tanto de los Estados Unidos como de la Unión Soviética(anarquistas, extrema izquierda -trotskistas, maoístas, situacionistas-, etc), rasgo del que incluso participó la aparición del denominado eurocomunismo entre los partidos comunistas de Europa Occidental.

El 68 como cambio social y generacional:

Otro rasgo común es la ausencia de éxito inmediato de las insurrecciones, una de las razones para calificarlas propiamente de revueltas y no revoluciones. No obstante, su impacto, medido generacionalmente (lo que suele denominarse el espíritu del 68 o sesentayochismo) suele considerarse mucho más importante que su fracaso relativo. El 68 representó la irrupción de una juventud posterior a la Segunda Guerra Mundial (la denominada demográficamente como el baby boom) que, a pesar de (o precisamente a causa de) estar recibiendo un nivel de formación educativa muy superior a la de sus padres (quienes se la estaban proporcionando confiados en su capacidad de generar ascenso social), parecía no compartir los valores de estos, ni encontrar sitio en una sociedad que percibían como encorsetada, llena de convencionalismos arcaicos y necesitada de cambios. Se ha llegado a decir que "por primera vez una clase de edad (adolescente y juvenil) tomó el relevo de las clases sociales”. Los términos burgués, capitalista, empresario, patrón o incluso viejo, se aplicaban como insulto (no pocas veces junto al epíteto cerdo). El encuadramiento de estos jóvenes se producía habitualmente fuera de las instituciones tradicionales de participación política y social, de forma poco coordinada en una pléyade de organizaciones de los denominados movimiento estudiantil, movimientos juveniles o contracultura.
Se ha interpretado la revolución de 1968, particularmente en los países occidentales, como resultado del prolongado periodo de bienestar económico, que generó un nuevo tipo de demanda social, ligado a nuevos patrones de ocio, de trabajo, de consumo y de socialización en la juventud, hasta entonces inverosímiles. En general, se acusa al 68 de la crisis de los valores tradicionales propia de la sociedad contemporánea, que tras el paso de la sociedad preindustrial a la sociedad industrial o sociedad de consumo de masas, se encaminaba hacia la sociedad postindustrial.
La posterior crisis del petróleo de 1973, con el problema del desempleo, generaría otro tipo de inquietudes, de signo opuesto, en la juventud de los años 80 y 90; cuyo estereotipo consistió en ser más materialista (en el sentido vulgar) y egoísta, desencantada y desmovilizada (pasotismo), que despreciaba la revolución para buscar soluciones individuales o el éxito personal (en el caso de los negocios, los denominados yuppies ).

Los medios de comunicación y el cine del 68:

El papel de los medios de comunicación fue muy destacado: por primera vez en la historia existía la posibilidad de llegar a un gran público con imágenes de televisión; y, como ocurrió con la propia guerra de Vietnam, el medio demostró no ser tan dócil al poder como habían pronosticado las distopías (1984 de George Orwell). El impacto (sobre una audiencia todavía muy virgen) de imágenes de manifestaciones, barricadas, cargas policiales o hechos de mayor violencia proporcionaban insospechadas capacidades de protagonismo a quien demostrara tener suficiente habilidad, fortuna o falta de escrúpulos para ello. La propaganda por el hecho y la acción directa que habían imaginado los anarquistas de finales del siglo XIX encontraban una enorme caja de resonancia. El mismo general De Gaulle, tras una penosa intervención televisiva que evidenció su envejecimiento físico, tuvo que renunciar a la imagen, para volver a los discursos radiofónicos que tan buenos resultados le dieron durante la Resistencia al nazismo, y que volvieron a demostrarse eficaces en esta ocasión.
En la época de la nouvelle vague (nueva ola -grupo de cineastas franceses surgido en los años 50-) y del cinema verité (cine de la realidad), las manifestaciones y ocupaciones de fábricas y facultades fueron filmados por documentalistas muy próximos a los mismos protagonistas (grupo Medvedkine), incluyendo extensas entrevistas y debates en grupo. Lo adecuado de lo audiovisual como medio de expresión de los movimientos de la época hizo que, tanto entre las distribuidas minoritariamente (pases en versión original, salas de arte y ensayo o locales improvisados) como incluso entre las películas convencionales, haya una abundante muestra de cine del 68 en el que, por unas u otras razones, los jóvenes del 68 se identificaban, convirtiéndose en referente de la época.
En cuanto a los medios de comunicación escritos, el ambiente del 68 generó publicaciones alternativas que utilizaban canales de distribución no comerciales como los fanzines. Por otro lado, los dazibaos (murales inspirados en el ejemplo chino) o las pintadas callejeras se convirtieron en vehículos de expresión individual y grupal.

Los intelectuales y el 68:

Sartre y Beauvoir se reúnen con el Ché en Cuba, 1960.
El prestigio de los intelectuales más o menos cercanos al marxismo, al existencialismo o al estructuralismo, no necesariamente próximos entre sí, era muy alto en las universidades -verdaderos centros del movimiento-, desde Berkeley en California hasta la propia Sorbona en París, la London School of Economics en Inglaterra y la Universidad Libre de Berlín:Noam Chomsky (cercano al anarquismo y al trotskismo); Louis Althusser, Jean Paul Sartre y su compañera Simone de Beauvoir(cercanos al Partido Comunista Francés, del que en algún caso se acabaron distanciando ), György Lukács y Lucien Goldmann (corriente denominada humanismo marxista), la escuela de Frankfurt (Marcuse, Adorno, Horkheimer, Habermas) los historiadores marxistas británicos (E. P. Thompson, Eric J. Hobsbawm) o la Escuela de Annales en Francia (Braudel); a los que hay que sumar el renovado interés por un filósofo de pasado polémico (cercano al nazismo) como era Martin Heidegger, o por una excéntrica tríada de rumanos exiliados de muy divergente trayectoria, pero amigos entre sí: Cioran, Mircea Eliade y Eugène Ionesco (uno de los cultivadores del teatro del absurdo, muy apropiado para epater le bourgoise -escandalizar al burgués-). Podrían añadirse muchas otras figuras o corrientes, como las ligadas al psicoanálisis (Jacques Lacan, Erich Fromm). La producción intelectual de muchos otros sería más bien resultado o expresión de la propia revolución del 68, en lo que se ha venido en llamar la postmodernidad, como la de Jacques Derrida (deconstrucción) o gran parte de la obra de Michel Foucault.
La relación de estos intelectuales y otros de otras corrientes con el movimiento estudiantil no fue de maestros a discípulos. De hecho, es la época de la antipsiquiatríay la renovación educativa (Summerhill,Benjamin Spock, Paulo Freire,el Libro rojo del cole) popularizadas en películas como One Flew Over the Cuckoo's Nest (Alguien voló sobre el nido del cuco, Miloš Forman, 1975 -adaptación de la novela de 1962 de Ken Kesey, una de las figuras visibles de la psicodelia y la contracultura-) o To Sir, with Love (Al maestro con cariño, James Clavell, 1967, readaptación de Blackboard Jungle -Semilla de maldad, 1955-) protagonizada por un profesor que conecta con un grupo de alumnos indisciplinados de un barrio marginal.No se admitía la autoridad, el aprendizaje memorístico estaba desprestigiado, el alumno debía construir su propio aprendizaje (constructivismo) y los profesores debían aprender más de sus alumnos que éstos de aquéllos. Era muy comentado que en la Revolución Cultural china, los profesores acusados de desviacionismo o aburguesamiento eran reeducados y se les castigaba a manos de sus alumnos, humillándoles, golpeándoles u obligándoles a llevar orejas de burro (posteriormente, en una versión más radical, como fue la de los jemeres rojos de Pol Pot -1975-1979-, fueron uno de los objetos principales del genocidio camboyano).
No hubiera sido adecuado a la naturaleza de los movimientos de 1968 que los padres ocuparan funciones rectoras: fueron líderes (aunque ellos mismos negaban cualquier condición dirigente) los jóvenes más carismáticos surgidos del propio movimiento estudiantil, como Daniel Cohn-Bendit (Dani, el rojo) o Rudi Dutschke. El propio Sartre reconocía ese protagonismo juvenil:
Hay algo que ha surgido de ustedes que asombra, que trastorna, que reniega de todo lo que ha hecho de nuestra sociedad lo que ella es. Se trata de lo que yo llamaría la expansión del campo de lo posible. No renuncien a eso.
Esa espontaneidad juvenil, y esas expectativas utópicas, en un clima vitalista que puede calificarse de bonheure revolutionnaire (felicidad revolucionaria), está presente en los archiconocidos lemas del 68, algunos aparecidos en pintadas:
La imaginación al poder.
Prohibido prohibir.
Seamos realistas, pidamos lo imposible.
Queremos el mundo, y lo queremos ahora.
No te fíes de alguien que tenga más de treinta años.
Si no formas parte de la solución, formas parte del problema.
 Las repercusiones intelectuales de la revolución del 68 no han dejado de suscitar controversias. Desde el punto de vista conservador se la suele considerar la responsable de la anomia, el relajamiento de costumbres (especialmente en el terreno sexual -revolución sexual-: divorcio, aborto, relaciones prematrimoniales, anticonceptivos -la píldora se comercializa desde 1960-, liberación de la mujer, modas "indecorosas" -minifalda de Mary Qant en 1965-, música "inapropiada" -en algunos casos satánica-), pérdida del respeto patriarcal y a la autoridad (por ejemplo, el tuteo generalizado), utilización de drogas, desprecio de la ética del trabajo. Incluso el Papa Benedicto XVI ha calificado a la mítica revolución de 1968 como el segundo iluminismo (comparándola con la descristianizadora Ilustración del siglo XVIII).De hecho, la propia Iglesia Católica estaba inmersa en esa época en un proceso de aggiornamento (traducible por puesta al día) suscitado por el Concilio Vaticano II y el pontificado progresista de Pablo VI, y del que eran muestra los cambios litúrgicos (misa en lengua vernácula, música pop en los templos) y movimientos como los curas obreros o la teología de la liberación. En 1968 Hans Küng redacta una Declaración por la libertad de la teología que fue firmada por más de mil teólogos del mundo entero.

El 68 y la lucha armada:

La simpatía por los movimientos de liberación nacional y el movimiento tercermundista llegaba al punto de la fascinación por la figura del Che Guevara (fusilado en Bolivia en 1967), cuya imagen se imitaba (boina, pelo y barba) además de convertirse en un icono presente en todos los ámbitos imaginables (pósters, camisetas) que lo convirtieron en un verdadero santo laico. Parecida utilización tuvo la también controvertida figura de Malcolm X, víctima de un atentado de sus antiguos compañeros de la Nación del Islam en 1965 y cuyo activismo fue continuado por diversos grupos (como los Panteras Negras) cuya grado de relación con la violencia, su criminalización o incluso su manipulación por parte de las autoridades ha sido muy discutida. Gran repercusión tuvo el escándalo consiguiente al saludo del Black Power en los Juegos Olímpicos de 1968. Los siguientes Juegos Olímpicos de Múnich 1972 presenciaron el secuestro y asesinato de once deportistas israelíes por parte de un comando de terroristas palestinos (Septiembre Negro).
La existencia de activistas radicalizados procedentes de las movilizaciones del 68, coordinados en grupos que deseaban una implicación mayor en lo que se denominaba lucha armada, llevó a la constitución de verdaderos movimientos terroristas con diversos fines, muchas veces amalgamados: anticapitalistas (Fracción del Ejército Rojo en Alemania -formado en 1970 por Andreas Baader y Ulrike Meinhof, procedentes del movimiento estudiantil del 68-, Brigadas Rojas en Italia -1969, Mario Moretti-), nacionalistas (reactivación del IRA en la Irlanda del Norte británica, fundación de la ETA en el País Vasco español), o de difícil clasificación (el grupo norteamericano que saltó a la fama por el secuestro de Patricia Hearst); pero todos ellos intentando aplicar doctrinas insurreccionales experimentadas en las guerras anticoloniales (sobre todo la Independencia de Argelia y la guerra de Vietnam) o en la revolución cubana: concepto de guerrilla urbana, principio de acción-reacción y la imagen del revolucionario como pez en el agua. También se popularizaron otras expresiones similares originadas en citas del libro rojo de Mao, como la consideración del imperialismo y el capitalismo como tigres de papel, cuya fortaleza era solo aparente. El mismo sentido tenía una frase muy citada de Che Guevara (de 1967), en la que reclamaba el surgimiento de muchos Vietnam.
Se suele señalar la inspiración que el sesentayochismo proporcionó al surgimiento de movimientos armados latinoamericanos (Montoneros en Argentina, Sendero Luminoso en Perú) o a la continuidad de los preexistentes (Tupamaros en Uruguay, una de cuyas acciones fue reflejada por Costa-Gavras en la película État de Siège -Estado de sitio, 1972-). Más extraña y desconectada de los movimientos locales, pero también partícipe del mismo ambiente generacional, fue la trayectoria personal del enigmático terrorista internacional de origen venezolano Ilich Ramírez Sánchez (Carlos o el Chacal).